LAS MONEDAS DIGITALES Y LOS BANCOS CENTRALES
La moneda digital podría incluir financieramente a los peruanos y reduciría los costos de emisión y circulación que tiene el dinero en efectivo.
La moneda digital podría incluir financieramente a los peruanos y reduciría los costos de emisión y circulación que tiene el dinero en efectivo.
A nivel global, se habla cada vez más del Bitcoin, si sube o baja de valor. ¿Conocemos realmente el mundo de criptomonedas y activos digitales? Es importante conocerlas pues serán alternativas al dinero efectivo y estarán cada vez más con nosotros.
Hablamos con ella sobre la evolución de los servicios financieros digitales en el contexto de la pandemia del Covid-19, del impacto que generará la transformación digital en el modelo de negocios financieros tradicional y de los servicios de Vodanovic Legal.
Founder of Vodanovic Legal, a Peruvian boutique dedicated to financial services advisory and the promotion of financial inclusion, Ljubica Vodanovic, shares her expertise on the impact of Covid 19 and the latest trends in Fintech.
Vodanovic Legal, the innovative firm that leads the provision of legal services in banking, financial and FinTech regulation in Peru, announces its official incorporation to the global Finnovating platform
Por primera vez, la firma Vodanovic Legal fue incluida en el ranking 2022 de la prestigiosa revista británica Chambers & Partners (banda 4) que analiza periódicamente el mercado legal a nivel mundial.
A través de Yape ya se mueve S/. 70 millones diarios, con siete millones de usuarios y 1,2 millones de transacciones a diario; mientras que la plataforma de BIM cuenta con más de 1.4 millones de clientes y con transacciones de S/. 400 millones al mes.
El onboarding de clientes —al alcance estatal con la Ley Cuenta DNI— es su camino de colaboración con el sector privado en esta urgente tarea. Escribe Ljubica Vodanovic, socia fundadora de Vodanovic Legal.
El 17 de abril se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución SBS 01147-2021 que modifica los Reglamentos de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y el Plan de Cuentas para empresas del Sistema Asegurador

Uno de los nuevos mecanismos de financiamiento e inversión en el país es el conocido “Crowdfunding”, una vertical de modelo FinTech para financiar personas o empresas. Recientemente, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) emitió el Reglamento respectivo (Resolución 045-2021-SMV), que completa el marco legal establecido mediante D.U. 013-2020. Ambas normas constituyen hoy el marco jurídico del Crowdfunding y de las Sociedades Administradoras de plataformas digitales, a través de las cuales se hará viable el desarrollo de este financiamiento participativo.
Las ventajas del nuevo mecanismo frente a las ofrecidas por la industria bancaria y el mercado de valores tradicional, son varias. Primero, desde la óptica de los receptores de fondos (MIPYMES y consumidores financieros), esta alternativa se ajusta a sus necesidades pues democratiza el acceso al financiamiento a través de opciones 100% digitales, rápidas y seguras, sin muchos requisitos documentarios y, sobre todo sin necesidad de historial crediticio previo. Es oportuno mencionar que en el Perú el 65% de la población adulta no tiene acceso al crédito y cerca de 1. 5 millones Mypes no son atendidas por la banca. Esto en gran medida por las exigencias regulatorias para sustentar la capacidad de pago del deudor.
Segundo, desde la perspectiva de un inversionista, la principal ventaja es la posibilidad de financiar sin límites de tasas de interés. Esto permite a los receptores de fondos excluidos del sistema tradicional acceder a financiamientos que les permitirá concretar sus proyectos. Además, se le da al inversionista la posibilidad de acceder a herramientas de análisis y monitoreo que permiten preseleccionar proyectos, facilitándose su comprensión y riesgos asociados. Tercero, desde es el punto de vista de las Sociedades Administradoras, el proyecto ha optado por un criterio de proporcionalidad y/o gradualidad en la exigencia de carga regulatoria. Por ejemplo, en la exigencia gradual de patrimonio neto en los primeros dos años de funcionamiento; sin embargo, destacamos en particular la posibilidad de que la sociedad administradora pueda participar como inversionista en proyectos, cumpliendo ciertas condiciones; así como la posibilidad de que pueda compartir su plataforma e incluso el fideicomiso (como garantía de segregación de fondos) con otra empresa de su grupo económico; explotando en este último caso todas las ventajas operativas que representa una inversión en infraestructura de este tipo.
En conclusión, el nuevo marco regulatorio tiene varias ventajas para su despegue. Sin embargo, será el propio mercado quién confirmará si esta actividad finalmente consigue aportar en la democratización y acceso al financiamiento y el crecimiento económico de nuestro país.
María del Carmen Yuta
Socia de Vodanovic
