El 17 de abril se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución SBS 01147-2021 que modifica los Reglamentos de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y el Plan de Cuentas para empresas del Sistema Asegurador, a consecuencia de las regulaciones sobre el seguro de desgravamen establecidas en la Ley 31143 (Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros). Sus principales disposiciones se aplican de la siguiente manera:
- Aplicación inmediata a las contrataciones vigentes: Se prohíbe el cobro de comisiones o gastos cuando el usuario contrate el seguro de desgravamen con una aseguradora diferente a la ofrecida por la empresa (rige a partir de la vigencia de la Ley N° 31143 a todas las contrataciones vigentes).
- Aplicación a las nuevas contrataciones y renovaciones del seguro de desgravamen:
- Inmediata (con la entrada en vigencia de la Resolución SBS 01147-2021):
- Se debe informar al usuario acerca de su derecho de endoso de un seguro de vida, de manera previa a la oferta del seguro de desgravamen, debiendo conservar el sustento de ello.
- Se cuenta con un plazo de veinte (20) días a la presentación de la solicitud de endoso del usuario para comunicarle, por medios directos, los motivos de su rechazo.
- Plazo de adecuación de 360 días (13 de abril de 2022):
- Se debe presentar al menos una (1) alternativa de seguro de desgravamen, con rescate o devolución, la cual será de libre elección por el usuario.
- El seguro de desgravamen debe contener únicamente las coberturas principales de fallecimiento e invalidez total y permanente, y su plazo de vigencia corresponde al plazo del crédito.
- Cuando en la oferta se incluya como alternativa un seguro de desgravamen con rescate o devolución, adicionalmente, debe considerar como cobertura principal la de sobrevivencia.
- Solo se pueden ofrecer coberturas adicionales como opcionales mediante cláusulas adicionales y su contratación es independiente a la del crédito. Caso contrario, se considera como práctica abusiva.
- Se establece el cálculo y metodología para el cobro del seguro de desgravamen.
La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, salvo por lo señalado.
Finalmente, la mencionada norma se podrá visualizar en el siguiente enlace web: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/modifican-el-reglamento-de-gestion-de-conducta-de-mercado-de-resolucion-no-01147-2021-1944831-1/