Jefe de la UIF señala que es necesario potenciar los aspectos positivos y mitigar los negativos y determinar qué entidad será el supervisor prudencial, si lo hubiera. Por su parte, Ljubica Vodanovic plantea un trabajo colaborativo público-privado para regularlas.
El superintendente adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Sergio Espinosa, sostuvo que, si bien estamos en una fase de transición, las criptomonedas ya son una realidad en el Perú por lo que deben ser reguladas. Indicó que, el año 2019, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) realizó un estudio sobre los criptoactivos que arrojó –para sorpresa- que estas herramientas tenían en el Perú mucho más desarrollo y aceptación como instrumento de negociación y pagos, que lo que se pensaba inicialmente.
La SBS recientemente desmintió en forma pública que la empresa Fluyez Digital Investments que se presentaba como el primer banco virtual del Perú y anunciaba el lanzamiento de su plataforma “Cripto Bank de Perú” esté autorizada para operar como banco.
En el Perú no está prohibido realizar operaciones con criptomonedas. Por lo tanto, es legal que personas naturales o jurídicas puedan realizar estas operaciones. Vale decir, no se requiere la licencia ni de banco ni de ninguna otra categoría para operar con criptomonedas.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) recientemente desmintió en forma pública que la empresa Fluyez Digital Investments SAC, que se presentaba como el primer banco virtual del Perú y anunciaba el lanzamiento de su plataforma “Cripto Bank de Perú” para negociar criptomonedas esté autorizada para operar como banco.
La SBS aclaró que Fluyez Digital Investments no cuenta con la licencia respectiva para operar como banco y como tal está impedida de usar la denominación “banco” o similar, tal como señala el artículo 11, inciso 4, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Ley N° 26702).
La referida regulación señala que aquella persona jurídica que carezca de la autorización de la SBS como Fluyez Digital Investments está prohibida de dedicarse al giro de las empresas del sistema financiero: bancos, empresas financieras, cajas municipales, cajas rurales, Edpymes, compañías e intermediarios de seguros, entre otras.
Según la normativa, las personas o empresas no autorizadas por la SBS están prohibidas de captar o recibir en forma habitual dinero de terceros, en depósito, mutuo o cualquier otra forma, y colocar habitualmente tales recursos en forma de créditos, inversión o de habilitación de fondos, bajo cualquier modalidad contractual. Además, de efectuar anuncios o publicaciones en los que se afirme o sugiera que practica operaciones y servicios que le están prohibidos.
Asimismo, se está prohibido de usar en su razón social, en formularios y en general en cualquier medio, términos que induzcan a pensar que su actividad comprende operaciones que solo pueden realizarse con autorización de la SBS y bajo su fiscalización, tal como lo hizo Fluyez Digital Investments.
¿Qué argumentos usó Fluyez Digital para decir que es banco?
La empresa Fluyez Digital Investments está inscrita como una casa de cambio en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda de la SBS, a partir de ello, hizo creer que está bajo supervisión y regulación de la SBS y que cuenta con licencia para operar como banco de criptomonedas.
A decir de Ljuvica Vodanovic, socia de Vodanovic Legal, estos registros que están a cargo de la SBS no implican que las empresas inscritas tienen una determinada licencia para operar, sino solo tienen por finalidad prevenir el lavado de activos y el financiamiento de terrorismo.
“Hay muchas empresas que confunden el hecho de estar en ese registro inscritas con tener una autorización de la SBS. Y eso confunde al público, porque no es que la SBS las autoriza”, dijo la experta.
¿Por qué no hay un banco de criptomonedas en el Perú?
Vodanovic explica por dos razones. En primer lugar, señala la especialista, en el Perú no está prohibido realizar operaciones con criptomonedas. Por lo tanto, es legal que personas naturales o jurídicas puedan realizar estas operaciones. Vale decir, no se requiere la licencia ni de banco ni de ninguna otra categoría para operar con criptomonedas.
En segundo lugar, dado que las entidades financieras están reguladas por la SBS y hasta el momento el regulador no ha autorizado operar con estas monedas, dichas entidades están prohibidas de ofrecerlas. “Con lo cual, decir que existe un banco cripto con la autorización de la SBS es vulnerar lo anterior”, menciona Vodanovic.
¿Qué se debe tener en cuenta para invertir en criptomonedas?
Según Vodanovic, en primer lugar, las personas deben informarse muy bien sobre las criptomonedas, porque se tiene que saber que hay criptomonedas más volátiles que otras. “No se debe invertir en cualquiera”.
En segundo lugar, se debe invertir solo los excedentes, dado que se puede poner en juego compromisos del presupuesto familiar.
Por último, la experta señala que es muy importante asegurarse que la plataforma que brindará el servicio de invertir en criptomonedas es segura y confiable.
“Se debe verificar qué reconocimientos como empresa tiene, con quiénes opera. Por ejemplo, si opera con entidades de prestigio, si la recomiendan clientes, etc., porque hay un montón de plataformas que han servido para estafar a la gente”, indica la experta.
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